20 horas
Cumplir con la formación obligatoria para todos los trabajadores que prestan servicios en empresas que se encuentran en el ámbito de aplicación del Acuerdo Estatal del Sector Metal y que realizan sus trabajos en las obras de construcción.
A. Definición de los trabajos.
Instalaciones provisionales de obra.
Bajantes.
Instalación colgada.
Instalaciones en locales (servicios, cocinas, baños, etc.).
Urbanizaciones, pozos, arquetas, etc.
B. Técnicas preventivas específicas.
Aplicación del plan de seguridad y salud en la tarea concreta. Evaluación de riesgos en el caso de que no exista plan.
Protecciones colectivas (colocación, usos, obligaciones y mantenimiento).
Protecciones individuales (colocación, usos, obligaciones y mantenimiento).
C. Medios auxiliares, equipos y herramientas.
Equipos portátiles y herramientas.
Equipos de soldadura.
Andamios.
Pequeño material, etc.